Redacción de contratos

Por luisdeseta - 3 de Agosto, 2005, 19:43, Categoría: General

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CONTRATOS SOBRE PRODUCT OS IT

QUE UNAN, PERO NO ATEN

Las reglas c laras conservan el vínculo entre las empresas y los prove edores de IT. Cómo hacen las empresas para manejar esa re lación y redactar los contratos que respaldan los servici os de telecomunicaciones y tecnología.

Pocas vece s se recurre a ellos para solucionar un conflicto. Sin em bargo, los contratos entre proveedores tecnológicos y cli entes corporativos constituyen el marco jurídico de de úl tima instancia, al que se hecha mano de negociación entre las partes.

"uno intenta no tener que llegar&nbs p; a la letra  del contrato, sino tratar d e agotar todos los medios posibles para que el servicio s e preste según lo pactado. Pero el contrato actúa como re sguardo legal", señala, el gerente de Tecnología Informát ica del Grupo Peñaflor.

Una buena forma de no ten er que sacar nunca un contrato del cajón para ordenar la relación con un proveedor, es incluir en el documento leg al que dio origen a la prestación del servicio condicione s claras, cláusulas que se ajusten a  las neces idades del cliente y no exijan al proveedor aquello que n o puede cumplir.

También, penalidades claras ante incumplimientos.

"Hay que tomar las suficientes p recauciones. Se sabe que más de la mitad de los proyectos de implementación tecnológica duran más de lo previsto. Por lo tanto, vale la pena incluir multas ante posibles a trasos", recomienda, un abogado especializado en contrato s de servicios de IT.

También aconseja definir cl aramente el objeto del contrato. Algo que parece obvio, p ero que pocas veces se hace con el suficiente grado de de talle. También la definición del acuerdo de nivel de serv icios (SLA, por sus iniciales en inglés) es fundamental p ara mantener una buena relación. "Hay que medirlo en base a indicadores simples, como la cantidad de horas de cone xión online para la transmisión de datos o las horas de s ervicio de soporte al mes, si se trata de servicios profe sionales. Si en lugar de eso, se incluyen fórmulas demasi ado complejas, el control de cumplimiento también se comp lejiza".

ALGUNOS PUNTOS FUNDAMENTALES A TENER EN CUENTA:

- Establecer un acuerdo de nivel de servic ios (SLA), en base a parámetros medibles.

- Defin ir claramente el objeto del contrato.

- Fijar una cláusula de escape sencilla para ambas partes.

- Dejar la última revisión a cargo del área Legales de la empresa.

- Delegar la negociación de de precios en el área Compras.

- Establecer instancias de au ditoría para verificar incumplimientos.

- Conoce r el alcance real de fórmulas tan difundidas como opacas, al estilo "24x7" o "next business day&quo t;

La letra chica

Sin embargo, el gerente d e Tecnología de IRSA, Alto Palermo y Cresud, cree que hay que ir un poco más allá. A veces es sorprendente leer en detalle el alcance de algunas fórmulas legales que se da n por sobreentendidas y llevan a confusiones, sobre todo en los contratos de mantenimiento y garantía de hardware" , asegura.

Como ejemplo, se cita la atención "7 x 24" referida al servicio permanente o "Next Business Day" , vinculada a recibir atención al día hábil siguiente. "u no supone que ante una falta en un componente de un servi dor puede tener la solución al día hábil siguiente, pero la mayoría de los contratos habla de atención en ese plaz o. Tal vez el recambio del componente en cuestión llegue a demorar 15 días. Cuando se sufre una situación así, ya no hay derecho a reclamar, porque los contratos no hablan de solución sino de atención", se queja.

Cuatro ven más que dos

Los ejecutivos de IT consultados coinciden en una práctica que hasta hace poco no era habi tual entre ellos: involucrar a otras áreas de la compañía en la revisión o redacción de los contratos de IT.

"La visión del área financiera es importante para ana lizar las cláusulas de salida y los ajustes, sobre todo, si se fijan en dólares

Hay que dejar espacios que hagan flexible el contrato para dar respuesta a nuevos re querimientos del negocio.

Claro que algunos cont ratos no permiten tantos cambios.

Sobre todo, en l os de telecomunicaciones o en los casos con proveedores i nternacionales, parecen contratos de adhesión y casi no h ay espacios para plantear cambios. Aunque siempre hay un margen para sugerir modificaciones, si son necesarias. Co mo mínimo, se puede que un conflicto legal se dirima en l os tribunales locales. Siempre algo se puede negociar.
Hay que destacar que los litigios son poco comunes entre proveedores de tecnología y clientes corporativos. Para que esa tradición se mantenga, el abogado aconseja d efinir cláusulas de salida sencillas, que no aten a las p artes ente un cambio en las condiciones iniciales del con trato.

No hay que exagerar demasiado. "Lo lógico es limitar la responsabilidad por la caída del servicio a l valor del contrato o a lo sumo al triple de su valor. P ero si se calcula un lucro cesante, el prestador se vería en una situación impracticable y, tal vez, eso encarezca el costo del servicio", concluye el ejecutivo.

F uente Suplemento IT/Business, Diario El Cronista Martes 2 6 de julio de 2005

Transcripción Estudio Jurídico Lexar – www.estu diolexar.com.ar
Roger Max Schultz

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